Ley de 40 horas
Chile avanzará esta semana en la reducción de la jornada laboral de los trabajadores regulados por el Código del trabajo.
Este cambio beneficiará a unos 4,7 millones de trabajadores y tiene en sus páginas normas que amparan al trabajador, tales como la prohibición a los patrones para reducir el sueldo una vez que se imponga la reducción completa. La ley tiene proyectado que la disminución completa a las 40 horas se conseguirá en cinco años más.
Cuándo se aplicará la nueva ley de 40 horas
La primera etapa de la ley de 40 horas comenzará el viernes 26 de abril de 2024. En esa jornada se marcará la baja de una hora de jornada laboral por semana.
Cómo será la transición
Las empresas podrán hacerlo de forma gradual en un plazo máximo de hasta cinco años, por lo que quedará completamente aplicada para 2029. Los trabajadores pasarán de una jornada de 45 a 44 horas el primer año de publicada la ley, 42 al tercer año y 40 al quinto; sin embargo, los patrones pueden anticiparse. Hasta hoy existen más de 500 empresas chilenas que han obtenido la certificación por reducir la jornada.
4×3
Los patrones podrán implementar jornadas de cuatro días de trabajo de 10 horas para descansar tres días o promediar la jornada.
40 horas promedio
El trabajador podrá acordar con el patrón que la jornada de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. No estará permitido superar más de dos semanas las 40 horas.
La controversia sobre los 12 minutos
La baja de las 40 horas semanales en promedio abrió una serie de dudas, especialmente en el mundo empresarial. Las patronales advirtieron que en algunas compañías, especialmente las que funcionan con turnos, existiría un fuerte impacto en la productividad si es que se descontaba una hora entera de trabajo en un día de la semana. Ante esto las firmas accedieron a rebajar el tiempo de trabajo de sus empleados con una división de la hora. Por ejemplo, accedieron a entregar 12 minutos libres adicionales en cada uno de los cinco días hábiles, con los que se completaban los 60 minutos fijados por la ley.
Esta interpretación fue criticada por la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, quien aseguró que la norma es clara sobre la forma en la que se deben aplicar los recortes horarios. “La jornada laboral en Chile es de horas a la semana, no de minutos, no de segundos, no de suspiros”, dijo en una entrevista a Chilevisión. La postura de la autoridad ha sido sostenida por un dictamen de la Dirección del Trabajo (DT), el organismo fiscalizador del trabajo en el país sudamericano, que aclaró que si bien la ley es rígida al respecto, sí se pueden acordar disminuciones por minutos laborales siempre y cuando exista un acuerdo entre los empleados y sus jefes.
Madres y padres cuidadores
A partir de 2024, quienes cuiden a menores de 12 años podrán tener un ingreso y salida diferenciada por hasta dos horas para retrasar o anticipar sus horas laborales, lo que les permitirá acoplar su horario con el de los menores. Si ambos padres trabajan, la madre podrá decidir quién será acreedor a este derecho.
Descanso adicional
Se podrán compensar horas extras hasta por cinco días feriados adicionales.
Trabajadores que no se incluyen en el proyecto
Se aplicará a los trabajadores bajo el artículo 22 con salvedad de quienes tengan labores de alta gerencia y quienes no estén sometidos a la fiscalización superior. Los funcionarios públicos también están excluidos, pero comenzaron las negociaciones con el Gobierno para que se les incluya.
Regímenes especiales
Trabajadoras de casa particular
Las que trabajan puertas afuera tendrán una reducción a 40 horas semanales y permite hasta 12 horas extraordinarias; las que trabajan puertas adentro mantendrán el sistema actual, descansarán mínimo 12 horas diarias y tendrán una compensación de dos días de descanso adicional al mes. Los días podrán acumularse hasta por un periodo de tres meses.
Mineros
Las jornadas excepcionales de procesos continuos, como la de la minería, compensará con días de descanso anual adicionales.
Trabajadores de transporte terrestre
Dependerá si se trata de choferes o tripulación y del tipo de vehículo que conduzcan. Los choferes o auxiliares de locomoción colectiva interurbana y servicios interurbanos deberán sacar el promedio de 40 horas semanales cada mes. La tripulación de ferrocarriles y los choferes o auxiliares de servicios de transporte rural colectivo de pasajeros también deberán promediar las 40 horas en el cómputo mensual. En cuanto a los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, pueden optar por la bolsa mensual de 180 horas (si se escoge este régimen el patrón deberá compensar al trabajador con seis días de descanso adicionales) o promediar las 40 horas semanales por mes.
Trabajadores agrícolas permanentes
La jornada especial deberá rebajarse para que empate con las 40 horas semanales.
Trabajadores del mar
Deberá adaptar su jornada a las 40 horas semanales. De trabajar más, se pagarán horas extraordinarias.
Trabajadores de servicios aéreos
La jornada no podrá exceder las 40 horas en promedio a la semana. Si es que trabaja por un mes en tierra, deberá sacarse el promedio para hacer efectivas las 40 horas.
Personal de hotelería, restaurantes y clubes
En el artículo 27 se permitía que los trabajadores de estos sectores laboraran hasta 12 horas diarias en cinco días. Con la nueva ley esto quedará eliminado. Para la hotelería también quedan derogadas las jornadas de 60 horas semanales.